Ayora Asociados


La Sentencia 5781/2008, de 15 de octubre de 2008, aclara diversas controversias surgidas tras la publicación de la Ley de Seguridad Privada (LSP), que propiciaron la interposición de demanda por parte de varias asociaciones de investigadores privados españoles. 

Así, existía previamente a la citada Ley, una situación de irregularidad en la realidad fáctica que era necesaria normalizar para ajustarse a la legalidad y al marco constitucional, existiendo la figura de los Investigadores Comerciales y Mercantiles, los cuales se encargaban de la investigación dentro del ámbito económico, laboral, mercantil y financiero, fuera del control de los funcionarios competentes en materia de seguridad ciudadana, es por ello que la disposición reconoce y regulariza los detectives privados, pero además dentro de esta figura engloba, tras un periodo de integración aquellas otras figuras y actuaciones que ya subsistían profesionalmente como es el caso de los Investigadores mencionados. 

Otra de las cuestiones relevantes tratadas en la sentencia, es la intención por parte del legislador según la redacción de la Exposición de la norma, de complementar e integrar funcionalmente la seguridad privada en el monopolio de la seguridad pública que posee el Estado, de esta forma las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad han de estar permanentemente presentes en la actividad privada de seguridad, conocimiento información trascendente para velar de esta forma por la seguridad pública, como podemos entender de la lectura de los preceptos de la citada ley.