La prueba es una herramienta de especial utilidad para la verificación de hechos cuando pensamos que se están vulnerando nuestros derechos en materia de Propiedad Industrial e Intelectual, se podrá utilizar cualquier medio legal que permita nuestro ordenamiento jurídico para su demostración.
Para ello podemos contar con la colaboración de diferentes profesionales destacando entre estos la figura del Detective Privado, esta profesión se encuentra regulada por la Ley 5/2014 de Seguridad Privada de 4 de abril de 2014.
El único profesional que por Ley tiene permitido la realización de investigaciones privadas independientemente de la naturaleza de las mismas es el Detective Privado. Su trabajo consiste en la obtención de pruebas sobre los diferentes hechos o conductas, que posteriormente se recogerán en un informe escrito. Este se considera una prueba testifical documentada, así como el Detective Privado un testigo cualificado, ya que se trata de un profesional formado, el cual se limita a plasmar lo observado con objetividad.
En el caso de que la parte contraria no aceptase el informe del Detective, éste deberá asistir al procedimiento para realizar diferentes aclaraciones, eso sí en muchas ocasiones el informe es tan claro e irrebatible que la parte contraria no lo rechaza, por lo que se convierte en hechos consolidados.