En los eventos multitudinarios estamos acostumbrados a ver diferentes figuras de vigilancia, los cuales son fáciles de identificar dado que van uniformados, de esta forma los comportamientos están condicionados. Sin embargo, ¿Qué pasaría si además de dicha seguridad se encontrara también seguridad no uniformada? Seguramente el público asistente al no identificar control aparente se comportaría con mayor libertad y es ahí cuando se pueden detectar con mayor facilidad actos irregulares, como podrían ser el consumo o venta de estupefacientes, hurtos, vandalismo, violencia de género, etc.
Es por ello que la figura del Detective Privado en este tipo de eventos, al ser el único que puede realizar una vigilancia sin uniforme según se recoge en la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, podrá pasar inadvertida, dado que toma a la vista del público el comportamiento de un asistente más, con el plus de estar desarrollando su actividad profesional, garantizando así la seguridad de los locales y empresas.
En el caso de que el Detective pudiera captar actos irregulares o posibles delitos pondrá estos en conocimiento de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Realizando dicha combinación se consigue un entorno más seguro para los asistentes, siendo éstos respetados por sus derechos y libertades.
Los Detectives Privados deberán estar dados de alta en el Registro de Detectives Privados de la Unidad Central de Seguridad Privada de la Policía Nacional y tendrán que identificarse cuando sea necesario con la Tarjeta de Identidad Profesional, además de contar con un Seguro de Responsabilidad Civil Profesional. Estos realizaran las labores bajo el encargo de su cliente entregando al mismo la información obtenida mediante un informe en el cual se plasmará el resultado del objeto de la investigación.