En los últimos años, los Tribunales, con sus sentencias, han ido estableciendo los límites en los que el Detective Privado debe trabajar, asegurando que en ningún caso se vulneren los derechos de las personas.
Concretamente en los casos de empresas que contratan estos servicios, es importante determinar en qué casos es proporcional y necesario su uso. En este sentido, en una de las últimas sentencias del Tribunal Supremo, este avala su uso aun cuando no existen indicios ni sospechas previos, siempre que se salvaguarde la dignidad e intimidad del trabajador.
En este sentido, es importante tener en cuenta cuáles son los límites para no vulnerar este derecho a la intimidad. De esta manera, se establece que el Detective Privado no podrá captar imágenes en propiedades privadas. Sin embargo, en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del pasado año, se dan por válidas las fotografías y vídeos realizados de un edificio de viviendas, por ejemplo, siempre que estas se realicen desde un lugar accesible para todos, de manera que dicho inmueble puede ser visto por cualquier persona que pase por el lugar.
De todo ello podemos resumir, por tanto, que la contratación y el uso de pruebas de un Detective Privado serán lícitos siempre que se respeten los derechos fundamentales de la persona investigada, por lo que dicha labor debe ser proporcionada, idónea y necesaria.